Finalmente, y después de mucha insistencia y presiones de los consumidores, el Banco de México ha tomado medidas para limitar la aplicación de comisiones bancarias que eran francamente abusivas y que perjudicaban enormemente a los usuarios de la banca. Más vale tarde que nunca.
Aquí algunas de las principales comisiones que se prohiben o limitan:
Aquí algunas de las principales comisiones que se prohiben o limitan:
1. Se prohíbe el cobro de comisiones por retiros de efectivo, consultas de saldo, depósitos en cuenta y pago de créditos, en ventanilla y en cajeros automáticos operados por las propias instituciones de crédito que lleven la relación con el cuenta habiente.Estas medidas no sólo serán benéficas para los usuarios de la banca, también servirán como un incentivo para que la banca en México haga lo que hace en cualquier otra parte del mundo, es decir, que preste dinero y que sirva como intermediaria financiera y que no sólo viva de las comisiones excesivas a los usuarios. Estoy seguro que estas medidas ayudarán, aunque sea parcialmente, a que aumente el crédito de la banca al sector privado mexicano.
2. Se limitan las comisiones que podrán cobrarse por intento de sobregiro por emitir un cheque sin fondos. Su límite será la cantidad que resulte menor de: a) el monto del intento de sobregiro o, b) el importe que la entidad financiera determine ...
3. Del mismo modo se limitan las comisiones por no pagar un crédito a tiempo; el límite será la cantidad que resulte menor de: a) el monto del pago incumplido en el periodo correspondiente o, b) el importe que la entidad financiera determine ...
4. También se limitan las comisiones por no mantener un saldo mínimo requerido en la cuenta de depósito; su límite será la cantidad que resulte menor de: a) el monto del incumplimiento, o b) el importe que la entidad financiera determine ...
5. De igual forma, se prohíben los cobros de comisiones por pago extemporáneo de créditos cuando en el mismo periodo se cobren intereses moratorios.
6. En la misma línea se prohíbe el cobro de comisiones por no utilizar durante un año calendario la tarjeta de crédito si durante el mismo periodo se cobra una comisión por anualidad o algún otro concepto equivalente.
7. Se prohíbe cobrar comisiones a los clientes que liquidan un crédito hipotecario por las gestiones que las entidades financieras realicen para que se proceda a la cancelación de la hipoteca en el Registro Público de la Propiedad.
8. Se podrá cobrar solamente una comisión por operaciones de transferencia de fondos y domiciliación, y dicha comisión la cobrará la institución donde se origine la operación.
4 comments:
Tal vez sea escéptico sobre el alcance de las medidas.
No incluye operaciones en Internet, incluyen operaciones que no son regulares (sobregiros, pagos extemporáneos, cancelación de hipotecas), se establece como criterio de límite el menor entre el monto de la operación y lo que establezca el banco, aunque ahora las comisiones se deben registrar ante el BdM.
El criterio de la disposición es limitar el abuso. ¿Qué significado económico tiene el abuso?, ¿el abuso es una ganancia extraordinaria?, ¿el BdM está limitando o eliminando ganancias extraordinarias? , ¿Veremos en los próximos estados financieros de los bancos una afectación en sus márgenes de ganancia originados en las comisiones?
El BdM señala que su regulación busca mantener el balance entre los derechos de los consumidores y la preservación de márgenes de beneficio competitivos de los bancos. Sin embargo, lo que el BdM evita es evaluar si los márgenes de ganancia de los bancos son competitivos. Por ello, resolviendo sobre algunas comisiones (importantes para los usuarios que sufren el cobro de esas comisiones) se evita por lo pronto atender problemas de mayor fondo sobre en el sistema bancario.
¿Por qué crees que será un beneficio parcial?
La banca en A.L. es sumamente abusiva, los benficios de los bancos españoles como el Santander y el BBVA, más del 50% provienen del saqueo en América Latina.
Esos mismos bancos, no cobran comisiones y en su caso son inferiores a las de México, siendo que España pertenece al Euro no tiene comparación los precios de los bienes y servicios financieros tan altos en México.
Por sólo poner un ejemplo comparativo sobre el robo de la banca internacional en México:
un cajero en México full-time cobra como 3.500 pesos.
En España, para ser cajero piden Licenciatura (cuestión que México no es obligatorio) y cobran entre 1.500 y 1.800 euros...
En ninguna parte del comunicado oficial del Banco de México o de la propia ciruclar 22/2010 - disponibles en la red en la página de Banco de México- se encuentra la denominación "abuso". Tampoco la he escuhado en ninguna de las declaraciones de los funcionarios del banco central. Quién sabe de qué está hablando CRH en su enojado comentario. A lo mejor es un ejecutivo bancario molesto porque alguien les puso un alto
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